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Con la entrada en vigor el dia 1 de enero de 2004 del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto (BOE 219, de 12 de septiembre), se puso en marcha un nuevo sistema de gestión de la Formación Continua. Todas las empresas que tengan su centro o centros de trabajo en el territorio del Estado Español, sea cual sea su tamaño, actividad o ubicación, que coticen por la contingencia de Formación Profesional, pueden elegir libremente la formación que consideren necesaria para sus empleados, determinarsus contenidos y el momento de su impartición. Para ello tienen un Crédito de Formación Continua, que es la actividad de que dispone cada empresa para financiar, a través de las bonificaciones a las Cuotas de la Seguridad Social, las Acciones de Formación Continua que desarrollen para sus trabajadores. Este crédito resulta de aplicar la cuantía ingresada por la empresa en concepto de formación profesional durante el año anterior, el porcentaje de bonificación establecido en la Ley anual de Presupuestos Generales del Estado en función del tamaño de las empresas. Puede, si lo desea, consultarnos su crédito si es una empresa adherida a nuestro Convenio de Agrupación. Si no lo es, puede conocer una aproximación pinchando en el enlace "Simulador de credito" que encontrará en el menú de la izquierda. |
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